Resumen Octubre-Diciembre 2017 Revista Derecho Mercantil
I – ESTUDIOS
Se agrupan en este apartado siete trabajos en conmemoración del 50º aniversario de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional; la coordinación de los trabajos ha corrido a cargo de Tatiana Arroyo Vendrell, Profesora de Derecho Mercantil de la Universidad Carlos III de Madrid.
1- “Los segundos veinticinco años de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional”, por Rafael Illescas Ortiz, Catedrático de Derecho Mercantil de Madrid. Tiene gran experiencia en la materia como delegado de España en numerosos periodos de sesiones y en diversos grupos de la citada Comisión; es también Presidente de SEAIDA.
La Revista señala sólo la importancia de esta conmemoración y añade que se debe extraer conclusiones sobre el segundo cuarto de siglo de existencia de la Comisión, sin ánimo de repetir las consideraciones vertidas hace 25 años en la misma Revista.
En el sumario se hace un planteamiento general y se refiere de manera principal a los temas de la contratación electrónica, del transporte internacional de mercancías y el arbitraje internacional.
2- “La CNUDMI: origen, funcionamiento y fines“, este es el trabajo de Manuel Olivencia que fue Delegado Adjunto al Profesor Garrigues y primer Delegado de España en la Comisión Internacional, representando a nuestro país en numerosos periodos de sesiones y diversos grupos del trabajo de la Comisión.
El profesos Olivencia hace un estudio de los trabajos de la Comisión partiendo de una propuesta que en 1964 hizo el representante de Hungría y que ha tenido amplio e intenso desarrollo; en la nota se sostenía que el fomento del comercio internacional era un factor esencial del desarrollo económico, así como la necesidad de avanzar en la unificación del Derecho privado como medida para levantar los obstáculos que representa la diversidad de ordenamientos jurídicos nacionales en el comercio internacional y por último se hacía hincapié en la dimensión mundial de esta tarea, hasta entonces limitada a sectores regionales y sin la participación del tercer mundo.
3- “Retos y tendencias actuales en la interpretación de los textos de la CNUDMI”, por Pilar Perales Viscassilas, Catedrática de Derecho Mercantil.
En el resumen de la Revista se profundiza en la interpretación e integración de los textos del Derecho Uniforme del Comercio Internacional y especialmente, como se señala en el sumario del trabajo, en materia de arbitraje internacional.
El trabajo es muy completo y ofrece nuevas perspectivas en un tema difícil y fundamental; es digno de citar también la gran nota bibliográfica donde reseña unas 40 publicaciones sobre la materia.
4- “La Convención sobre Cesión de Créditos en el Comercio Internacional”, por David Morán Bovio, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Cádiz.
En el resumen se refiere a dicha Convención conocida con el nombre de CARIT, acrónimo derivado del título de la Comisión en inglés que fue adoptada en diciembre 2001 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En el sumario se desgrana el tema de forma sistemática refiriéndose a los temas estudiados y con mayor extensión citando lo acontecido en las materias siguientes: facilitación del crédito, protección del deudor cuando se cede el crédito contra él, y cláusulas de no cesión.
Es particularmente interesante la conclusión que formula después de considerar las distintas actuaciones de CARIT entiende que el conocimiento de estos trabajos supone una importante ventaja para adentrarse en los aspectos jurídicos de las garantías mobiliarias, tal como pretenden ser construidas en el mundo actual.
5- “La relevancia comercial de los contratos puerta a puerta y el consenso alcanzado en las reglas de Rótterdam con la regulación del contrato de transporte internacional de mercancías parcialmente marítimo”, por Tatiana Arroyo Vendrell, Profesora de Derecho Mercantil.
En resumen la Revista señala que las Reglas de Rotterdam establecen un régimen jurídico uniforme y moderno para los contratos de transporte internacional de mercancías; aquí se considera de una manera especial la regulación de dicho transporte cuando es parcialmente marítimo puesto que inciden en la determinación de los efectos jurídicos del mismo, principios muy distintos cuando se trata de transporte terrestre o cuando este es marítimo; determinar el método de solución de los conflictos que se plantean es complejo y avanzar en una consideración de parcialización de la multimodalidad del transporte, adoptando un enfoque marítimo internacional, es un tema que entraña notables dificultades.
6- “La Convención de Naciones Unidas sobre Comunicaciones electrónicas (2005)”, por Agustín Madrid Parra, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Sevilla.
La Revista y el contenido del sumario permiten hacerse idea de la complejidad de esta materia que ha avanzado mucho en la ejecución práctica pero que no ha sido hasta ahora objeto de desarrollo doctrinales completos; aquí se pone también de manifiesto que en esta materia la Convención no ha querido entrar en el derecho contractual sustantivo sino que se ha limitado a considerar materias especificas de derecho de los contratos de forma muy parca y desde un planeamiento prácticamente limitado; por ello deben tenerse en cuenta que se deberán aplicar conjuntamente las normal del texto internacional y las propias de la ley aplicable al concreto tipo de contrato que en cada caso se elabore; de aquí la grave dificultad del tema.
7- “El papel de la CNUDMI en el arbitraje y sus nuevos rumbos”, por Martín Doe Rodríguez, miembro de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya y Millicent Domínguez Johnson, de la misma corte.
Como la Revista indica la Comisión ha jugado un papel importante en el desarrollo del arbitraje como método alternativo de resolución de controversias; mediante la elaboración de textos y directrices ha definido un marco de regulación que no sólo ha favorecido el uso del arbitraje sino que ha servido de base para la creación de multitud de reglamento de instituciones arbitrales por todo el mundo; a pesar del gran avance que ha supuesto el trabajo de la Comisión es claro que éste no ha terminado y que la Comisión de las Naciones Unidas ha decidido confiar a un grupo de trabajo especial un mandato amplio para trabajar en la posible reforma del sistema de solución de diferencias entre inversionistas y Estados.
II – SELECCIÓN DE CONVENIOS, LEYES-MODELOS Y REGLAMENTOS DE LA “CNUDMI”
Bajo este epígrafe se recogen una serie de documentos y textos normativos debidamente clasificados cuya selección y preparación ha corrido también a cargo de Tatiana Arroyo Vendrell.
En síntesis con los siguientes:
1- Sobre garantías mobiliarias. Se incluye también un modelo sobre garantías mobiliarias preparado por la CNUDMI.
2- Sobre transporte internacional de mercancías, total o parcialmente marítimo.
3- Ley Modelo de la CNUDMI sobre las firmas electrónicas y sobre el comercio electrónico.
4- Ley Modelo de la CNUDMI sobre la insolvencia transfronteriza.
5- Convención de las Naciones Unidas sobre garantías independientes y cartas de crédito contingente; contiene una regulación muy completa de los pagos internacional.
6- Ley Modelo de la CNUDMI sobre arbitraje y conciliación comercial internacional; el primitivo texto de la Ley es de 1985 pero incluye importantes modificaciones hasta el 2006.
7- Notas técnicas sobre resolución de controversias.
Como se ve por el enunciado de estos textos ofrecen un aspecto muy amplio y permite consultarlos de manera simple puesto que da, en realidad, una solución al problema de la vigencia de textos dispersos que es difícil de definir con claridad.
III – VARIA
1- “Las entidades asesoras de voto para la implicación de los socios en las sociedades cotizadas según la Directiva 2017/828”, por Josefina Boquera, Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de Valencia.
El resumen de la Revista pone de relieve el problema que se produce por la Directiva 2017/828 de la Comunidad que modifica un texto anterior de 2007 y que produce la necesidad de profundizar sobre los problemas que plantea la actividad de las entidades asesoras de voto y las soluciones; fundamentalmente son: (i) falta de competencia en el sector; (ii) falta de transparencia en su labor; (iii) falta de asesoramiento personalizado; (iv) conflicto de intereses; y (v) el supuesto de responsabilidad en casos de conflicto de interés.
2- “La reclamación de los daños y perjuicios derivados de ilícitos anticoncurrenciales”, por Aitor Zurimendi, Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad del País Vasco.
La Revista señala que se han tenido especialmente consideración en este trabajo de las novedades que aporta la Directiva 2014/104 y su reciente transposición a nuestro Derecho a través del Real Decreto Ley 9/2017; señala con acierto que establece el enfoque meramente resarcitorio que tiene esta acción en Europa, en contraste con su papel en Estado Unidos, lo que produce un sistema dualista del que han derivado intensos debates.
Se trata de un trabajo extenso y profundo (comprende 57 páginas de la Revista) y en el que se trata muy afondo una materia que mezcla Derecho Mercantil y Procesal y se hace particularmente difícil.
La conclusión del trabajo es acertada y a ella me remito, ya que es muy difícil hacer una recesión de la misma.
IV – JURISPRUDENCIA
Contiene la crónica de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo en sentencias dictadas desde abril a junio de 2017; la recopilación la realiza el grupo de profesores del Departamento de Derecho Mercantil Manuel Broseta de la Universidad de Valencia.
Por separado y con claridad y profundidad trata de los siguientes puntos: Derecho de la competencia, Propiedad industrial e intelectual, Derecho de consumo, Derecho de sociedades, Contratos mercantiles, Derecho bancario y bursátil, Derecho de seguros, Títulos valores, y Derecho concursal.
Cabe destacar el epígrafe de Derecho bancario y bursátil donde recoge un número enorme de sentencias que establece en mayor o menor grado la nulidad por vicios del consentimiento de contratos de swaps sobre tipos de interés o sobre inflación. Son también de destacar los capítulos dedicados al Derecho de la competencia y al de sociedades.
V – BIBLIOGRAFIA
1- Recensión del libro “Historia del Derecho Mercantil”, de Carlos Petit con prólogo de Manuel Olivencia, por Luis Antonio Velasco San Pedro, Catedrático de Derecho Mercantil.
2- Recensión del libro “La renuncia a la acción social de responsabilidad” de Enrique Gandia, por Jesús Quijano, Catedrático de Derecho Mercantil.
Barcelona, 15 de enero de 2018